23 de marzo de 2023
El Gobierno emitió un decreto de canje de deuda en dólares por nuevos títulos
Se trata de un Decreto de Necesidad y Urgencia que� entrará en vigencia este jueves luego de su publicación en el Boletín Oficial. Las condiciones de los nuevos títulos serán definidas por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.
El Gobierno Nacional emitió un Decreto de Necesidad y Urgencia, por el cual se dispone un canje de bonos en dólares por otros tÃtulos, cuyas condiciones serán definidas oportunamente por el Ministerio de EconomÃa.
La medida entrará en vigencia este jueves luego de su publicación en el BoletÃn Oficial.
El decreto dispone en su artÃculo 1° que "los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares estadounidenses emitidas en el marco de los Decretos Nros. 622 del 17 de septiembre de 2021, 576 del 4 de septiembre de 2022 y 787 del 27 de noviembre de 2022 serán reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos tÃtulos públicos cuyas condiciones serán definidas, en conjunto, por la SecretarÃa de Finanzas y la SecretarÃa de Hacienda, ambas dependientes del Ministerio de EconomÃa".
En los considerandos de la normativa se estipula que se trata de Letras del Tesoro Nacional denominadas en Dólares Estadounidenses que fueron suscriptas por el Banco Central de la República Argentina, a diez años de plazo y con vencimiento en septiembre 2031, como consecuencia de los desembolsos realizados por el Fondo Monetario Internacional (FMI), en Derechos Especiales de Giro por un monto equivalente a 4.334 millones de dólares.
Más adelante, se incluye a los tÃtulos que permitieron llevar adelante los planes Soja I y II con las letras en dólares estadounidenses, a 10 años de plazo y que conformaron el Programa de Incremento Exportador con vencimiento en septiembre de 2032 y la ampliación de ese programa que permitió la emisión de otra letra denominada en dólares estadounidenses con vencimiento en diciembre de 2032.
El DNU puntualiza que "en este contexto, y frente a la inminencia de pago de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares estadounidenses emitidas en el marco de los Decretos Nros. 622/21, 576/22 y 787/22, resulta necesario disponer que puedan ser atendidos, a la fecha de su vencimiento, con nuevos tÃtulos públicos, en consonancia con las emisiones realizadas bajo las previsiones de los Decretos Nros. 668/19 y su modificatorio y 346/20 y la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023".
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