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1 de septiembre de 2024

Nuevo aniversario del Sindicato Marítimo de Pescadores

Pablo Trueba: Sec. Gral. SI.MA.PE

En el año 2.000, los pescadores de Mar del Plata llevaron adelante una medida de fuerza por reclamos salariales acompañados y conducido por la dirigencia local. Su historia.

Fuente: www.simape.com.ar

En el año 2.000, los pescadores de Mar del Plata llevaron adelante una medida de fuerza por reclamos salariales acompañados y conducido por la dirigencia local, esta medida abarcaba a la flota fresquera de altura y costera. El S.O.M.U Central conducido en aquel entonces por Omar “El Caballo” Suárez, jamás apoyo el reclamo, tal así que, de ese conflicto, este, Secretario General del S.O.M.U, firma un Convenio Colectivo de Trabajo a la baja generando el repudio de todos los Pescadores de Mar del Plata provocando una revolución sindical encabezada por la dirigencia local del S.O.M.U, Juan Domingo “El Gato” Novero, Jorge Humberto “El Negro” Andrade y Víctor Luis “El Gordo” Ventura, quienes, por un fraudulento Congreso General de Delegados del S.O.M.U a nivel nacional armado por “El Caballo” Suárez, son expulsados de la entidad gremial. Esto llevo a que la gran mayoría de los Trabajadores de la Pesca Marplatense propusieran e impulsaran a los dirigentes locales expulsados la idea de fundar un Sindicato Exclusivo de Pescadores, así nace el Si.Ma.Pe (Sindicato Marítimo de Pescadores).

En el mes de Octubre de 2.001 bajo la Resolución 804 del Ministerio de Trabajo de la Nación, se le otorga al Si.Ma.Pe la Inscripción Gremial obteniendo la Personería Jurídica, permitiéndole así funcionar como un gremio formalmente constituido y haciéndose uso de esa facultad la Institución comienza a negociar acuerdos salariales para los pescadores año a año desde aquel momento, ya hoy más de 20 años.

En abril del 2.005, el Ministerio de Trabajo de la Nación, expide la Resolución 254/05 donde invita al sector de la pesca a una Convención Colectiva para realizar nuevos Convenios Colectivos de Trabajo, entendiendo Suárez, que era una oportunidad para recuperar territorio perdido, el S.O.M.U decreta en Mar del Plata de manera arbitraria, un paro de actividades en el sector de la pesca llevando al sector quizás, al paro de actividades más largo que jamás se halla tenido registro.
La huelga se desarrolló por un término de cuatro meses y no se resolvía con audiencias constantes en la cartera laboral en las que el Si.Ma.Pe no era convocado por expreso pedido del S.O.M.U. 

Convirtiéndose esto en un conflicto sin retorno y acercándose la fecha que se realizaría la Cumbre de las Américas en esta ciudad, siendo el puerto de Mar del Plata un foco de manifestaciones constantes, el propio presidente Néstor Kirchner, le ordena al Ministro Tomada que solucione el conflicto convocando a todas las partes sin excepción, es allí, 04/10/05 donde se convoca por primera vez al Si.Ma.Pe a una audiencia en la cartera laboral después de 120 días de paro en el puerto de Mar del Plata. Al día siguiente 05/10/05 el Si.Ma.Pe habiendo participado de dicha audiencia llegando a un acuerdo y poniéndolo a consideración de la asamblea general y por decisión esta, se acepta dicha resolución dejando sin efecto la medida de fuerza solucionándose el conflicto regresando la gente al trabajo. 

Un año después y en reconocimiento por su desempeño en el conflicto de tal magnitud, el Ministerio de Trabajo de la Nación, habilita los medios para que el Si.Ma.Pe cumpliendo con la ley 23.551 en su Art. 25 y 28 presente todos los avales correspondiente para iniciar la compulsa midiendo así la cantidad de afiliados que ostenta cada institución gremial es decir Si.Ma.Pe por un lado y el S.O.M.U por el otro. En conclusión el S.O.M.U no se presenta al cotejo allanándose a la compulsa y reconociendo la representatividad al Si.Ma.Pe sobre los Trabajadores de la Pesca del Puerto de Mar del Plata. Para finalizar esta contienda y no perjudicar los intereses de los trabajadores, las dos entidades gremiales acuerdan el 30/09/06, trabajar con reciprocidad para el bien común de los pescadores no invadiéndose una entidad por otra. 

Con fecha 19/03/07 bajo la Resolución 216/07, el Ministerio de Trabajo de la Nación, otorga con carácter de primer grado la Personería Gremial al Sindicato Marítimo de Pescadores (Si.Ma.Pe) convirtiéndose en el primer sindicato puro y exclusivamente de pescadores con representación en la ciudad de Mar del Plata, puerto pesquero más grande del país y uno de los cinco de mayor importancia en el mundo.

En el mes de mayo de 2.007 comienzan las negociaciones salariales para ese periodo anual, los dos gremios juntos con las Cámaras empresarias del sector llegan a un acuerdo, el S.O.M.U dilata la firma del mismo aludiendo cuestiones que nada tenían que ver con el aumento salarial ya pre-acordado, pasadas varias semanas de espera y ante la negativa de esa entidad gremial de firmar y ante la necesidad de los afiliados de concretar el aumento salarial, el Si.Ma.Pe rubrica la mejora salarial acordada y aceptada por los trabajadores como se venía desempeñando en los años anteriores en su legítimo derecho de representatividad.

El S.O.M.U considerando que se había violado el acuerdo de reciprocidad, en un intento de atar al Si.Ma.Pe a su antojo, realiza un acto administrativo en el Ministerio de Trabajo de la Nación solicitando, se le cancele la Personería Gremial al Sindicato Marítimo de Pescadores (Si.Ma.Pe) por el motivo planteado, solicitud que la cartera laboral contestó en su fallo que el Si.Ma.Pe obtiene su Personería Gremial por haber cumplido con los requisitos de la ley y no por un acuerdo entre las dos entidades considerando que el S.O.M.U mismo se allana a la contienda de representatividad reconociendo al gremio de pescadores, Si.Ma.Pe, tal facultad.
Apelando a este dictamen el S.O.M.U demanda al gremio de los pescadores en el Tribunal de Trabajo quien con fecha 06/10/11 en un fallo definitivo decide dar lugar a la demanda del S.O.M.U ordenando al Ministerio de Trabajo de la Nación se le cancele al Sindicato Marítimo de Pescadores la Personería Gremial otorgada por Resolución 216/07 por expreso pedido del demandante. 

El Si.Ma.Pe, a través de su asesoría legal, solicita el recurso de apelación para llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aceptado y admitido este ante el máximo Tribunal, acto seguido el S.O.M.U, interpone una cautelar para que el Si.Ma.Pe no participe de las negociaciones paritarias hasta que no se resuelva la cuestión de fondo encontrándose nuestra institución a la espera de la definición por parte de esta alzada judicial y en caso de ser favorable la sentencia, poder ejercer su derecho de participar en las negociaciones salariales como a hecho desde su fundación. 

Con fecha 27/10/2.015 en un fallo unánime la Corte Suprema de Justicia de la Nación deja sin efecto la sentencia dictada por el tribunal de trabajo en la cual le retiraba la personería gremial al Si.Ma.Pe defendiendo la libertad sindical amparado en legislaciones internacionales y ordena al tribunal de trabajo que corrija la sentencia anterior acorde dicta la Corte. 

El 28/12/2.15, el Tribunal de Trabajo a través del Juzgado Federal N° 66, dicta sentencia en contrario a la anterior por unanimidad dejando en claro de quien ostenta la personería gremial en la Ciudad de Mar del Plata es el Si.Ma.Pe, ordenándose se levante la cautelar que ante el Ministerio de Trabajo de la Nación pesaba en contra.
A continuación y con la contienda judicial ya resuelta, Si.Ma.Pe vuelve a las negociaciones convencionales mejorando las condiciones salariales firmando acuerdos y convenios con el I.N.I.D.E.P, Cámaras de la pesca Costera, Altura y Congeladora. 

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