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22 de enero de 2025

Ortega legalizó una fuerza militar de reserva y la “policía voluntaria” que ya actuaba reprimiendo a las protestas en Nicaragua

La Asamblea Nacional aprobó una reforma a la Constitución Política que crea las dos figuras a pedido del dictador. Pese a que no existía en la Carta Magna, habían actuado contra la revuelta popular que estalló en abril de 2018

>La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó este martes artículos de una reforma a la Constitución Política que crean las “fuerzas militares de reserva patriótica” y la “policía voluntaria” que, según los opositores, se tratarían de fuerzas parapoliciales y paramilitares, que tienen el objetivo de acallar voces e incrementar la represión.

Esas fuerzas de reserva también podrá estar integradas por “cualquier ciudadano o ciudadana que desee participar en la defensa armada de la nación, para garantizar la estabilidad, la seguridad y la paz”.

Pese a que la figura de policía voluntaria no existía en la Constitución, Ortega afirmó en septiembre de 2022 que el Ejército, la Policía y la “policía voluntaria” ayudaron a restaurar “la paz” en Nicaragua tras la revuelta popular que estalló en abril de 2018 por unas controvertidas reformas a la seguridad social y que dejaron cientos de muertos.

La reforma también establece que la Presidencia podrá ordenar la intervención del Ejército en apoyo a la Policía Nacional, cuando la estabilidad de la República lo requiera.

Además, define al Ejército como “heredero directo” del Ejército Defensor de la Soberanía Nacional del héroe nicaragüense, el general Augusto C. Sandino, y del Ejército Popular Sandinista (1979-1995), y que “es el pueblo mismo uniformado y organizado para defender la paz, la soberanía, la independencia, la autodeterminación y la integridad territorial”.

También prohíbe el establecimiento de bases militares extranjeras en el territorio nacional, y solo se podrá autorizar el tránsito o estacionamiento de naves, aeronaves, maquinarias y personal militar extranjero para fines humanitarios, adiestramiento, instrucción e intercambio, siempre que sea solicitado por la Presidencia y ratificado por la Asamblea Nacional.

En tanto, la enmienda define a la Policía Nacional como un cuerpo armado subordinado a la Presidencia, encargado de proteger la vida de los habitantes del país, preservar el orden social y el orden interno, garantizar la seguridad de las personas y las instituciones, entre otros.

La reforma establece además que “no pueden existir más cuerpos armados en el territorio nacional que los establecidos en la Constitución, ni grados militares que los establecidos por la ley”.

También que no habrá servicio militar obligatorio y que se prohíbe toda forma de reclutamiento forzoso para integrar el Ejército, Policía Nacional y el Ministerio del Interior.

Los opositores al régimen, muchos en el exilio y desterrados de su nacionalidad, enfatizaron que las “fuerzas militares de reserva” y la “policía voluntaria” tendrán el objetivo de reprimir a la población civil en caso de que esta salga a reclamar por sus derechos.

Esa “policía voluntaria”, que no existía como figura en la Constitución hasta ahora, >Los organismos de derechos humanos y opositores insistieron en que esos civiles armados son “grupos parapoliciales y paramilitares” que en su momento actuaron en la ‘Operación Limpieza’ con la que el régimen neutralizó las manifestaciones en su contra.

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