Endurecen las multas a los supermercados que no cumplan con Precios Justos
Las faltas abarcan desde la oferta, la identificación en la señaléctica, hasta los productos que no corresponden. Si se incumple por segunda vez, las sanciones podrán aumentarse hasta un 100%.
En concreto, la normativa modifica la Resolución 118/2022 donde se establecÃan los rangos de multas previstos en los convenios de colaboración entre la SecretarÃa de Comercio y los municipios de las diversas provincias que contribuyan en las actividades de fiscalización y control de Precios Justos.
El endurecimiento de las penas parte de una modificación puntual que se realizó en el Presupuesto 2023 a la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.
La normativa de 1994 en su artÃculo 47 establecÃa como sanciones, según el caso, un apercibimiento, el decomiso de las mercaderÃas objeto de la infracción, la clausura del establecimiento o, en el caso de las multas económicas, sanciones de entre $ 100 y $ 5 millones, teniendo como parámetro el alcanzar el triple del beneficio ilegal obtenido por la infracción.
Estos últimos montos habÃan quedado sin modificar desde el año 2008, perdiendo efecto ante la inflación acumulada desde ese entonces.
Las multas pueden comprender entre 0,5 y 2.100 CBT.
Por tanto, tomando la última canasta publicada de diciembre pasado (de $121.420) , las multas pueden comprender entre los $ 60.710 y los $ 254.982.000.
El endurecimiento de las penas parte de una modificación puntual que se realizó en el Presupuesto 2023 a la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.
Monto y detalles de las multas
Tomando este marco, el área conducida por MatÃas Tombolini, actualizó este viernes las multas que pueden resultar pasibles los supermercados ante eventuales incumplimientos.
En el caso de ofertas de productos del programa a precios superiores de los establecidos, las multas se ubicarán entre los $4.613.960 y los $ 35.697.480, con los montos mÃnimo y máximo de las multas variando en función del punto de venta, otra novedad de la normativa que anteriormente no los diferenciaba.
En el caso de la primera reincidencia, las multas se podrán incrementar en un 40%, mientras que si se incumple por segunda vez podrán aumentarse hasta un 100%, llegando asà hasta los $71.394.840 en el caso de los mayoristas. Anteriormente, ante estos incumplimientos las multas solo podÃan ser de entre $500.000 y $1 millón.
En el caso de que ocurra una falta de oferta en cada sucursal de las empresas de al menos el 80% de los productos previstos, sin que se encoraran ofertados sus respectivos sustitutos, las multas serán de entre $1.821.300 y $ 14.327.560.
Antes de esta normativa, al igual que en el primer caso, las multas rondaban entre los $500.000 y $ 1 millòn.
Antes las sanciones en este caso rondaban entre los $ 200.000 hasta $ 400.000, por lo que la multa máxima, en el caso de los mayoristas, tendrá un incremento de 3269,41 %.
Para las plataformas web y tiendas se aplicarán las mismas sanciones que los puntos “web†y “express†de los alimentos, mientras que para las “supertiendas†serán equivalentes a las de los supermercados.
La medida fue dictada por las autoridades provinciales tras el endurecimiento del reclamo de los trabajadores nucleados en la Asociación Gremial de Empleados de Administración, Maestranza de Casinos (AMS), que llevaban adelante medidas de fuerza en reclamo de respuestas del Instituto de Lotería.
El acto se realizó en el Club AGP y contó con la presencia de autoridades, gremios y referentes del sector portuario. Es la primera vez que se otorgan estas habilitaciones a trabajadoras.
El sindicato STARPyH apuntó contra los responsables de la firma por incumplimientos del convenio, falta de registración adecuada y situaciones de maltrato. “No vamos a permitir que se vulneren derechos”, advirtieron.
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