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4 de febrero de 2025

Polémica por una medida del Gobierno que elimina un control en los permisos de viaje al exterior para niños

La Dirección de Migraciones dictó una disposición que dispensa a las empresas de transporte internacional de pedir documentación. Sin embargo, el papeleo seguirá siendo necesario ante el personal fronterizo. La decisión divide aguas entre diputados opositores y especialistas

>El Gobierno dictó una nueva medida que avanza en la desregulación del transporte de pasajeros. Ahora, eliminó la obligación de las empresas de transporte internacional de verificar losLa decisión, dictada por la Dirección Nacional de Migraciones, divide opiniones. Los más críticos advierten que la desregulación de estas inspecciones supondrán riesgos mayores para los menores de edad, frente a los delitos como la trata de personas, pero en el Poder Ejecutivo aseguran que los controles quedarán en manos del personal de Migraciones.

Se trata de la disposición 166/2025, publicada el 30 de enero en el Boletín Oficial, que reemplaza la normativa vigente hasta la semana pasada. Antes, las empresas de transporte de pasajeros internacionales estaban obligadas a constatar la identidad de los chicos y la autorización de sus progenitores o tutores para viajar al exterior. También debían controlar la documentación de residencia de los extranjeros que ingresaban y salían del país. Luego, los pasajeros debían presentar esos mismos documentos ante las ventanillas de Migraciones.

La flexibilización de esta inspección afecta no solo a los menores, sino a la acreditación de la residencia de las personas extranjeras que entran y salen del país. Y alcanzará a toda empresa de transporte internacional, sea de carácter aéreo, terrestre, marítimo o fluvial, que preste servicios en los pasos Internacionales habilitados.

En lo que respecta a los permisos de viaje para menores, las compañías tampoco requerirán de documentación como la autorización emitida por un funcionario competente, un documento que acredite el vínculo con el menor o cualquier resolución judicial certificada y legalizada correspondiente.

Sin embargo, fuentes oficiales a Infobae que dependen del ministerio del Interior, confirmaron que estos permisos seguirán siendo requeridos por personal migratorio en los pasos fronterizos. Por lo tanto, las familias aún deberán contar con los certificados obligatorios.

“Lo que hace esta disposición es suprimir el control de la aerolínea o de la empresa de transporte internacional. Hoy en día, la mayoría de nosotros compramos los pasajes online, y se le exigía a la empresa una obligación de difícil cumplimiento, porque iba a contramano de las tecnologías”, evaluó Deborah Huczek, abogada especializada en derecho penal y migratorio.

“Si querías viajar al exterior, tenías que presentar la documentación en el mostrador de la empresa, y luego en Migraciones. Ahora se recae la responsabilidad en la dirección de Migraciones. No se flexibilizaron los controles, recaen las mismas exigencias; lo que se eliminó es el doble check“, precisó la especialista a Infobae. “En EEUU sucede lo mismo, vos hacés el check in online y no te piden acreditar vínculos con el menor, sino que quien te pide es el puesto de control migratorio”, comparó.

Lo cierto es que la disposición de Migraciones generó algunas críticas en sectores de la oposición. La diputada nacional de la Coalición Cívica (CC), Mónica Frade, cuestionó duramente la medida y apuntó contra los ministros de de Desregulación, Federico Sturzenegger, y de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

Por otro lado, en el organismo que encabeza Sturzenegger aclararon que no participaron de la confección de la disposición.

Desde el Ejecutivo, las autoridades de Migraciones justificaron en la disposición “simplifican el acceso del pasajero a las terminales de embarque, brindando mayor celeridad y eficiencia en los procesos”. “Los referidos procesos de simplificación en la tramitación de control migratorio responden a una necesidad de brindar un servicio más eficaz y eficiente, generando un escenario de mayor confort para el ciudadano”, agrega la disposición 166/2025.

La abogada Deborah Huczek considera a la disposición como una medida favorable, al señalar que “en lo sustancial no afecta derechos constitucionales”. “Es una disposición que no tiene jerarquía de ley ni de decreto, por lo que si alguien se siente afectado por la medida administrativa, puede interponer un recurso de inconstitucionalidad”, apuntó.

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